Condado de Smith aprueba programa que otorga autoridad limitada en inmigración a ayudantes del sheriff

Publicado: 5 mar 2025, 16:08 GMT-6

TYLER, TX (NOTICIAS DEL ESTE DE TEXAS) - El Tribunal de Comisionados del Condado de Smith aprobó un acuerdo el martes con el Departamento de Seguridad Nacional para lo que se llama el 287 (g) - programa modelo de equipo de trabajo. El programa dará a la Oficina del Sheriff del Condado de Smith la capacidad de hacer cumplir la autoridad limitada de inmigración con la supervisión federal, de acuerdo con ICE.

“Sólo cambia quién hace el procesamiento”, dijo el sheriff Larry Smith.

Según el acuerdo, los ayudantes del sheriff que hayan recibido la formación obligatoria tendrán el «poder y la autoridad para interrogar a cualquier extranjero o persona que se crea que es un extranjero en cuanto a su derecho a permanecer en los Estados Unidos y para procesar por violaciones de inmigración a aquellas personas que hayan sido detenidas por delitos penales estatales o federales».

“En ausencia de la 287(g) para nosotros, inmigración tendría que venir y hacer ese procesamiento”, dijo Smith. “Mientras que con el modelo 287(g)-task force, podemos hacer el procesamiento y trabajar el caso completo para inmigración.”

En su intervención ante los comisionados, el sheriff Smith puso el ejemplo de un caso de homicidio en el que estuvieran implicados inmigrantes indocumentados.

“Si van más allá y su familia les ayuda a limpiar la escena del crimen, el que va a la cárcel por asesinato, probablemente podríamos mantenerlos detenidos sin fianza. Y luego los otros probablemente van a ser capaces de pagar la fianza - pero son inmigrantes indocumentados, lo que podría dejar. Podríamos involucrar a ICE, pero no tenemos más que uno o dos agentes de ICE aquí en el condado de Smith. Por lo tanto, haríamos el procesamiento a través de ICE. Esa es la única diferencia”, dijo Smith.

La aprobación del acuerdo no se produjo sin oposición. Cuatro personas hablaron en contra del modelo de grupo de trabajo durante la parte de la reunión de comentarios del público.

“El acuerdo 287(g) sólo ha creado más ansiedad y miedo en mi familia y amigos cercanos”, dijo Amy Ortiz.

“Están asustados. Les preocupa que sus negocios se vean afectados. Les preocupa que sus hijos sufran ansiedad. Les preocupa no saber dónde sentirse cómodos”, dijo Levi Hudson.

“Estos acuerdos suscitan serias preocupaciones en relación con la confianza entre las fuerzas del orden y los miembros de la comunidad a los que están llamados a servir”, afirmó Dalila Reynoso, del Texas Jail Project.

Entre las otras preocupaciones planteadas, el miedo a las redadas de inmigración en las iglesias y escuelas de la zona.

“No vamos a ir a las escuelas. No vamos a ir a las iglesias y simplemente escoger y perfiles de las personas para procesarlos como estar aquí ilegalmente. Ese no es el propósito del programa”, dijo Smith. “No somos el gran oso malo. Cuando empecé a trabajar en las fuerzas del orden, había gente que decía a sus hijos ‘ten cuidado, te va a meter en la cárcel’. Eso no está bien. Está totalmente fuera de lugar y no es la manera de tratar a alguien que no puede procesar por sí mismo lo que está ocurriendo.”

Otras funciones autorizadas por el programa modelo del grupo operativo 287(g) son las siguientes:

  • El poder y la autoridad para detener sin orden judicial a cualquier extranjero que entre o intente entrar ilegalmente en Estados Unidos en presencia o a la vista del agente, o a cualquier extranjero que se encuentre en Estados Unidos, si el agente tiene motivos para creer que el extranjero a detener se encuentra en Estados Unidos infringiendo la ley y es probable que escape antes de que se pueda obtener una orden judicial. INA § 287(a)(2) y 8 C.F.R. § 287.5(c)(1). Tras la detención, el agente que efectúa el arresto debe llevar al extranjero sin demora innecesaria para que sea examinado por un funcionario de inmigración con autoridad para examinar a los extranjeros en cuanto a su derecho a entrar o permanecer en los Estados Unidos.
  • La facultad de detener sin orden judicial por delitos graves que se hayan cometido y que sean reconocibles en virtud de cualquier ley de los Estados Unidos que regule la admisión, exclusión, expulsión o devolución de extranjeros, si el agente tiene motivos para creer que el extranjero que va a ser detenido se encuentra en los Estados Unidos infringiendo la ley y es probable que escape antes de que pueda obtenerse una orden judicial. INA § 287(a)(4) y 8 C.F.R. § 287.5(c)(2).
  • La facultad de notificar y ejecutar órdenes de detención por infracciones en materia de inmigración en virtud de INA § 287(a) y 8 C.F.R. § 287.5(e)(3).
  • Poder y autoridad para prestar juramento y tomar y considerar pruebas (INA § 287(b) y 8 C.F.R. § 287.5(a)(2)) para completar el procesamiento de extranjeros requerido, que incluye la toma de huellas dactilares, la toma de fotografías y las entrevistas, así como la preparación de declaraciones juradas y la toma de 2 Revisado 02/14/2025 Revisado 02/14/2025 declaraciones juradas para la revisión de supervisión del ICE.
  • La facultad y la autoridad para preparar los documentos de acusación (INA § 239, 8 C.F.R. § 239.1; INA § 238, 8 C.F.R. § 238.1; INA § 241(a)(5), 8 C.F.R. § 241.8; INA § 235(b)(l), 8 C.F.R. § 235.3), incluida la preparación de la Notificación de la detención. 3) incluida la preparación del aviso de comparecencia (Notice to Appear, NTA) u otro documento de acusación, según proceda, para la firma de un funcionario del ICE para los extranjeros en las categorías establecidas por los supervisores del ICE.
  • La facultad y autoridad para emitir órdenes de retención de inmigración (8 C.F.R. § 287.7) y el I-213, Registro de Extranjero Deportable/Inadmisible, para los extranjeros en las categorías establecidas por los supervisores de ICE.
  • El poder y la autoridad para tomar y mantener la custodia de los extranjeros detenidos por el ICE, u otra agencia de aplicación de la ley estatal o local en nombre del ICE. (8 C.F.R. § 287.5(c)(6))
  • El poder y la autoridad para tomar y mantener la custodia de extranjeros arrestados en virtud de las leyes de inmigración y transportar (8 C.F.R. § 287.5(c)(6)) a dichos extranjeros a centros de detención aprobados por el ICE.

El tribunal de comisionados también aprobó el martes un acuerdo que permite a la oficina del sheriff para trabajar con otras agencias de aplicación de la ley de Texas como parte de una versión estatal de la Operación Lone Star. De acuerdo con el punto del orden del día, “este programa se ha ampliado recientemente para permitir que cualquier departamento de policía o la oficina del sheriff que es un miembro de la Operación Lone Star será capaz de trabajar con cualquier otra agencia que es un miembro de cualquiera de las agencias tendrá jurisdicción dentro de cualquier otra jurisdicción, siempre y cuando el acuerdo está en vigor.”